Es posible que últimamente hayas oído hablar en infinidad de ocasiones sobre la rehabilitación energética de edificios, pero realmente no tengas demasiado claro qué es ni de qué se trata. Desde Siem Servicios estamos totalmente comprometidos con la rehabilitación energética, por ellos a continuación te vamos a contar todo lo que debes saber.

Certificación energética 

El nuevo Plan Integral de Vivienda y Suelo que entró en vigor en nuestro país en 2013, trajo diferentes medidas que supusieron diversos cambios relacionados con la política de vivienda. Un plan que surgió con el principal objetivo de aumentar el mercado de alquiler y mejorar la situación inmobiliaria en España, así como el estado de los edificios.

Partiendo de la base de que en nuestro país hay más de cinco millones de viviendas con una antigüedad mayor a los 50 años que presentan estados verdaderamente deteriorados, es importante rehabilitarlas estructuralmente y energéticamente, tal como marca la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana, que establece una serie de mecanismos que permiten rehabilitar un edificio con los mejores resultados.

– Aquellos edificios con más de 50 años que se vayan a rehabilitar recibirán un nuevo sistema de inspección

– Cada edificio contará con su propia ficha en la que se mostrarán todos los ajustes relacionados con el aislamiento, la eficiencia energética y la accesibilidad

– Se realizará una memoria en la que se muestre el modelo de financiación de cada obra

Estos ajustes además de para garantizar el buen estado de los edificios, se llevan a cabo con la intención de que tengan un consumo de energía menor de lo habitual. A partir del próximo 31 de diciembre todos los edificios de nueva construcción deberán ser de consumo de energía prácticamente nulo.

Pero ya desde el 1 de junio de 2013 todos los edificios que vayan a venderse o alquilarse deberán contar con un certificado de eficiencia energética, con la intención de garantizar que cualquier comprador o alquilado pueda disfrutar de una vivienda con la máxima eficiencia energética que garantice el menor consumo y el mayor ahorro posible.

¿Qué edificios deben disponer del certificado de eficiencia energética? 

Cualquier edificio de nueva construcción o aquellos que vayan a ser puestos a la venta o en alquiler deberán disponer obligatoriamente de dicho certificado. Un certificado que tendrá diferentes clases, yendo desde la clase A en aquellos edificios que garanticen la máxima eficiencia, a la clase G, la que recibirán los menos eficientes. Hay que tener en cuenta que un edificio clase A consumirá hasta un 90% menos de energía de lo habitual.

Con el objetivo de garantizar que se tomen estas medidas y que nadie se las salte, han salido a la luz diferentes sanciones marcadas en el artículo 51 del Real Decreto Legislativo, que podrán ser leves, graves o muy graves, y que oscilarán entre los 600 y los 6.000 euros.

Una sanción leve sería vender o alquilar una vivienda sin su correspondiente certificado, mientras que una grave sería falsificarlo o actuar como técnico certificador sin estar habilitado.